Ley marítima y derechos de recibir tratamiento médico gratuito

Informacion para Tripulantes

Bajo la Ley Marítima Estadounidense, los propietarios y operadores de barcos tienen la obligación legal de proveer asistencia médica sin costo para tripulantes lesionados, o enfermos, durante el servicio del barco.Bajo la Ley Marítima Estadounidense, todos los propietarios y operadores de barcos, tienen la obligación legal de proveer asistencia médica sin costo para cualquier miembro de la tripulación que haya sido lesionado, o que se enferme, mientras está trabajando o está al servicio del barco. Desde el año 1823, junto al caso Harder vs. Gordon, esta ley, ya estaba establecida.

¿Que implica o que significa esto para el miembro de la tripulación que trabaja en un crucero?

Implica que si un miembro de la tripulación sufre un accidente en un crucero y se lastima o enferma, la compañía para la cual trabaja, no puede evitar la responsabilidad de no proveer la atención médica gratuita, con el simple expediente de enviarlo a casa. La compañía legalmente no puede abandonar a un miembro de la tripulación que se encuentra lesionado o enfermo. La obligación de proveer atención médica sin costo alguno a un miembro de la tripulación, ya sea que la persona, esté fuerte o ligeramente lesionada o enferma, y no importa si el miembro de la tripulación fue negligente o tuvo alguna culpa en causar el accidente marino o enfermedad, pues este tiene el derecho laboral marítimo, que lo protege. El único requerimiento legal para recibir atención médica gratuita, es que el miembro de la tripulación esté trabajando en el barco, o al servicio del mismo, en el momento en que el problema médico se presentó. Por ejemplo, si un miembro de la tripulación se lesiona o se enferma mientras está con permiso de bajar a tierra, este sigue con su derecho marítimo de recibir atención médica gratuita. Si un tripulante está viajando de su casa al barco o del barco a su casa, tiene derecho a recibir la atención médica privada. Las cortes Estadounidenses han sido generosas al interpretar los derechos del tripulante a la hora de recibir atención médica gratuita que en el famoso caso de Koistinen v. American Export Lines, donde a un miembro de la tripulación, le fue permitido recuperar las expensas médicas a las que incurrió cuando se lesionó por saltar por la ventana de una casa de prostitución.

¿Qué tipo de lesiones o enfermedades les da derechos a los miembros de la tripulación para recibir atención médica gratuita?

La lesión o enfermedad no necesita estar relacionada con el trabajo como miembro de la tripulación. Esta no necesita ser causada por una lesión marítima, u por otro incidente en el barco crucero. Por ejemplo, un miembro de la tripulación tiene derecho a atención médica gratuita por un ataque a la vesícula biliar, un ataque al corazón, diabetes, piedras en el riñón, condiciones mentales, o algún otro tratamiento médico. Aún cuando esas condiciones médicas fuesen preexistentes, el miembro de la tripulación tiene derecho al tratamiento médico gratuito, según el derecho laboral marítimo, y el derecho internacional marítimo.

El derecho marítimo internacional, del miembro de la tripulación dicta que este, debe recibir tratamiento gratuito por parte de la compañía, es un hecho sin demoras administrativas o negociación alguna.
Las cortes americanas han impuesto el deber en las compañías empleadoras bajo la ley marítima a pagar por el servicio médico prestado a los tripulantes indistintamente de la causa o culpa y resolver cualquier duda a favor de pagar las expensas médicas del miembro de la tripulación.

¿Dónde tengo derecho de recibir mi tratamiento médico?

El miembro de la tripulación tiene el derecho laboral marítimo de recibir su tratamiento médico urgente y no urgente a bordo del barco, y en el puerto más cercano dependiendo de la severidad de su lesión o enfermedad. Si la lesión o enfermedad existente deshabilita al miembro de la tripulación, entonces, después del tratamiento médico inicial brindado, el doctor determinará si es capaz de viajar. Si el miembro de la tripulación puede viajar, el probablemente podrá ser enviado a su casa para recibir su tratamiento médico. Si el miembro de la tripulación no está en condiciones de viajar, el recibirá su tratamiento médico gratuito, donde esté, según el derecho internacional marítimo.

¿La compañía puede enviarme a un tercer país para recibir mi tratamiento médico?

En los últimos años, muchas compañías de cruceros, han negociado con doctores y hospitales en países pobres para obtener tratamientos médicos baratos y de baja calidad para sus miembros de la tripulación. En vez de brindar tratamiento médico en el puerto más cercano o en el país del miembro de la tripulación, ellos intentan enviar al miembro de la tripulación a un tercer país para su tratamiento médico. Esto no es una práctica aceptable y el miembro de la tripulación, puede y debe negarse a ir a un tercer país, para su tratamiento médico. De aquí la importancia de conocer acerca de derecho marítimo, y de ley marítima, así como de tener un abogados en Miami, Florida con amplio conocimiento en derecho laboral marítimo, capaz de ejercer el derecho internacional marítimo en su defensa.

¿Cuándo termina la obligación de la compañía en proveer tratamiento médico?

La obligación de la compañía de proveer servicio médico gratuito termina cuando el miembro de la tripulación logra una mejora médica máxima.

¿Qué significa una mejora médica máxima?

Mejora medica máxima, significa, en la opinión del doctor, que ningún tratamiento adicional va a mejorar la condición actual de mejoría del miembro de la tripulación.

¿Quién determina cuando el miembro de la tripulación ha llegado a su máxima recuperación médica?

Esto es determinado por el doctor del miembro de la tripulación. Cuando el doctor del miembro de la tripulación escribe un informe médico que dice que el miembro de la tripulación no va a ser beneficiado por ningún tratamiento médico adicional, la responsabilidad de la compañía de proveer este servicio, se termina.

¿Puedo impugnar la opinión del doctor en cuanto a haber llegado a mi máxima recuperación médica?

Si el miembro de la tripulación está en desacuerdo con la opinión del doctor, de que el paciente ya llegó a su beneficio máximo de recuperación, el puede impugnar la opinión del doctor. Por esto es importante tener un abogado especialista en derecho marítimo internacional. Si el doctor que ha determinado que el miembro de la tripulación que ha llegado a su máximo beneficios de recuperación, fue seleccionado por la compañía y no por el miembro de la tripulación, el miembro de la tripulación puede obtener una opinión diferente de un doctor igualmente cualificado y impugnar la opinión del doctor de la compañía, tan sólo conociendo sobre derecho marítimo internacional y teniendo su abogado maritimista, especializado en derecho marítimo internacional Si el miembro de la tripulación seleccionó su propio doctor, impugnar su opinión es mucho más difícil, pero aún se puede lograr en algunos casos, por medio de abogados especialistas.

¿Qué puedo lograr impugnando la opinión del doctor de la compañía a cerca de mi máxima mejoría médica?

Una impugnación exitosa acorde a su derecho marítimo y junto a su abogado marítimo, contra el doctor de la compañía, va a resultar en una reapertura del caso médico y darle al miembro de la tripulación, cualquier tratamiento adicional que él pueda necesitar, como medicamentos adicionales, análisis médicos adicionales, terapias adicionales, cirugía adicional, etc.

Consulte gratis vía correo electrónico, telefónico o en persona.

ELIAS B. RUDNIKAS
Abogado Especializado en Ley Marítima
Segundo piso Edificio Stella Maris
3670 N.W.6St, Miami. Florida 33125
Estados Unidos de Norteamérica.
Teléfono: (305) 642 – 5000; Fax: (305) 541 – 4690

Saque el máximo partido a su representación legal

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Verse en la necesidad de contratar un abogado para resolver un problema legal o lograr las indemnizaciones monetarias que le corresponden por derecho puede ser una experiencia estresante y cargada de confusión. Afortunadamente, buscar el representante legal apropiado puede resultarle mucho más sencillo si comprende lo que requiere la situación legal que enfrenta.

En primer lugar, el abogado elegido tiene que tener experiencia en el tipo de problema legal de que se trate. Además, debe estar facultado para ejercer en aquel lugar donde legalmente se pueda presentar la demanda (o donde usted deba defenderse de la demanda). Por ejemplo, si usted es un trabajador del mar que tiene una queja contra la compañía de cruceros para la que trabaja y dicha empresa tiene su sede principal en Miami, Florida, usted tiene que emplear un abogado marítimo facultado para ejercer en la Florida.

Una vez que usted decida que necesita ayuda legal profesional, debe actuar con rapidez, puesto que los pleitos legales deben entablarse  dentro de un periodo de tiempo determinado. Cuando contrate a un abogado, éste debe:

  • Explorar con usted todas las opciones posibles para resolver el problema. 
  • Ser sincero con usted acerca de las posibilidades que existen de ganar el caso.
  • Facilitarle un estimado del tiempo necesario para resolver el caso.
  • Informarle del coste de sus servicios.
  • Explicarle las consecuencias financieras que conllevaría perder el caso.

Para muchos demandantes y demandados, los honorarios de un abogado pueden parecer un obstáculo insalvable cuando se trata de encontrar un representante legal competente y, al mismo tiempo, asequible. Una solución bastante habitual es la de los “acuerdos de honorarios condicionales”, en los que usted sólo paga por los servicios prestados si se gana el caso. En este tipo de acuerdo, los abogados cobran un porcentaje de la cantidad adjudicada.

Algunas firmas legales ofrecen una tarifa plana o fija si el caso es relativamente simple y directo. En general, los abogados cobran por horas y la tarifa puede variar en función de su reputación y destreza legal. La mayoría exigen un anticipo, que consiste en un pago efectuado de antemano contra el que se facturan los cargos futuros. El cliente también será responsable de abonar las posibles facturas posteriores, una vez agotado el anticipo. En algunos países existen cargos reglamentarios, es decir, que usted debe pagar una cantidad determinada fijada por ley o por el tribunal regional.

En ocasiones, el representante legal que le convendría por motivos de capacitación no aceptará trabajar mediante acuerdos de honorarios condicionales o tarifas fijas, sino que únicamente cobrará en función de las horas empleadas. Actualmente, son muchos los abogados competentes que están dispuestos a aceptar otras modalidades de pago, como los pagos mensuales y otros tipos de financiación.

Contratar un abogado es un asunto muy serio, pero el proceso no tiene por qué resultar intimidatorio o involucrar confusión alguna. Independientemente del representante legal que usted necesite, el mejor abogado que se puede contratar es aquel que escucha, que actúa con sinceridad y sentido ético al informarle sobre el progreso del caso y que le proporciona la atención que usted merece.  

Afortunadamente para los tripulantes que se lesionan o se enferman en barcos de cruceros o de carga norteamericanos, los abogados marítimos Norteamericanos que manejan estos casos trabajan a porcentaje.  Esto significa que el tripulante solo tiene que pagarle al abogado cuando la compañía de cruceros o de carga le paga su indemnización monetaria por lesiones o enfermedades.

Cómo elegir el abogado adecuado para sus requerimientos legales

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Ante un asunto legal grave, la ayuda de un abogado calificado, experto en el campo apropiado puede en verdad resultar útil. Desafortunadamente, es posible que la elección del tipo apropiado de profesional sea un proceso algo confuso y exija bastante tiempo. No obstante, conseguir la ayuda legal adecuada puede resultar más fácil si el marinero afectado comprende lo que debe tener en cuenta antes de buscar un abogado.

En términos generales, el tipo de problema legal que usted tenga dicta el tipo de profesional al que debe acudir. Para determinar la verdadera naturaleza legal de la cuestión, es necesario que un abogado examine en primer lugar las circunstancias del caso. Sin embargo, para muchos marineros, los asuntos a resolver tienden a ser bastante sencillos.

Considere la especialización de un abogado: se recomiendan abogados de lesiones marítimas para ayudar con accidentes en el mar.

La ayuda de un abogado marítimo con experiencia suele ser necesaria a la hora de tratar los problemas legales de un marino. Sin duda, asuntos como los siguientes están mejor en manos de un profesional de derecho del mar:

Demandas contra empleadores por lesiones físicas o enfermedades, el impago de salarios, y horas extra no retribuidas, etc.

Implicación en un siniestro o incidente marítimo.

Ubicación: Considere el país y el estado del culpable.

Aparte de la especialización del abogado, otro punto importante a considerar es el lugar en el que está facultado para ejercer. De forma similar, si un tripulante desea demandar a su empleador, debe elegir un abogado marítimo facultado para ejercer en el lugar donde la compañía tiene su oficina central.

Ante una demanda por lesiones o muerte, el marinero debe buscar un abogado especializado en lesiones personales y ley marítima, que esté facultado para ejercer allí donde la compañía empleadora tiene su oficina central.

Los marineros que precisen defenderse ante un cargo criminal deben contratar un abogado penalista, facultado para ejercer en el país donde se ha presentado la acusación.

A veces, los problemas legales de los marineros pueden estar menos claros. En estas desafortunadas situaciones, quizá resulte más conveniente solicitar asesoramiento legal gratuito a un abogado marítimo. De todos modos, saber qué hay que hacer, dónde hay que ir y a quién hay que pedir ayuda, resulta inestimable cuando nos encontramos ante una situación legal aparentemente difícil. Las oficinas legales de Elias B. Rudnikas ofrecen consulta gratuita a todos los necesitados.

¿Qué debe saber un marino antes de contratar un abogado marítimo?

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En esta era de la globalización, las compañías de cruceros parecen tener una ventaja casi ilimitada a la hora de definir los términos del empleo, los salarios y las condiciones laborales. Afortunadamente, los trabajadores del mar no siempre están a merced de sus empleadores, mientras conozcan sus derechos y lo que pueden hacer para obtener la justicia que merecen.

Muchos marineros no estan plenamente conscientes de sus derechos y las protecciones que la ley les otorga y, en consecuencia, es posible que se aprovechen de su ignorancia sin que ellos se den cuenta a tiempo. Para contribuir a remediar esta situación, el abogado Elias B. Rudnikas ofrece consejos gratis a todos los tripulantes.

Antes de contratar un abogado, conviene concretar primero qué tipo de problema legal tiene usted. Esto determinará el país en que el abogado debe estar facultado para ejercer, así como el ámbito de especialización en que debe tener experiencia. Por ejemplo, un marinero al que se le imputa un delito y que precisa una buena defensa, necesitara un abogado penalista que esté facultado para ejercer en el país donde se presentan los cargos.

Los trabajadores del mar pueden escribirle al abogado Elias B. Rudnikas si necesitan aclarar el tipo de cuestión legal que les atañe y el tipo de abogado que les convendría contratar.

Una vez tomada la decisión de contratar un abogado marítimo, el demandante debe actuar con rapidez, ya que hay un límite de tiempo para presentar una demanda. Además, el abogado debe explicarle lo siguiente:

  • ¿Qué opciones tiene para resolver el problema?
  • ¿Qué posibilidades hay de ganar el caso o llegar a un acuerdo?
  • ¿Cuánto tiempo requerirá el proceso?
  • ¿Si tendría que pagar y cuánto, en caso de no ganar la demanda?
  • Las modalidades de pago que acepta.

 

Ley del mar, Ley Jones y la necesidad de retener un Abogado Marítimo

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El creciente desarrollo del comercio marítimo internacional, así como el aumento del turismo, han incrementado de manera importante y continua la cantidad de marineros trabajando en barcos mercantes o cruceros.

Se dice que el transporte marítimo o fluvial se utiliza en más de las tres cuartas partes del comercio mundial. La marina mercante mundial está integrada por unos 80.000 buques de 100 o más toneladas de registro bruto. Más de 1,2 millón de marineros trabajan en buques de más de 100 toneladas o esperan embarcar en ellos.

Es común que se contrate marineros de distintos países. Mucha gente de mar trabaja a bordo de buques que no están matriculados en su país de origen. Por lo que las tripulaciones procedentes de culturas diferentes que no siempre hablan el mismo idioma.

Tanto en tierra como en mar es común que surjan inconvenientes derivados del trabajo o la estadía en las embarcaciones. Los conflictos legales, nacidos en embarcaciones, tienen características distintas a los problemas que pueden surgir en tierra firme. Generalmente las cosas se ponen difíciles cuando se intenta saber qué ley marítima es la que protege a los marineros y pasajeros.

¿Por qué es difícil saber qué Ley Marítima aplicar?

Hay varios factores que afectan que leyes marítimas se aplican en cada situación.
Se tiene que tener en cuenta, entre otros temas, el lugar donde un incidente ocurrió, teniendo importancia si es en aguas territoriales o en alta mar. También importa la bandera de la embarcación. Por otro lado, el lugar que se establece en contratos o pasajes como sede de operaciones de las navieras, es relevante. Otro problema que complejiza y confunde, es que, por lo general, pasajeros y tripulación están integradas por personas de distintos países, idiomas, culturas y leyes.

Estas dificultades son utilizadas en contra de pasajeros y trabajadores marinos, quienes ven con molestia como sus derechos parecen desaparecer. Pero aunque pareciera que marineros y pasajeros quedan indefensos, es importante decir que: es posible hacer valer sus derechos.

Veamos el ejemplo de la Ley Marítima y Ley Jones.

Ya quedan expuestos algunos de los problemas del Derecho Marítimo. Sin embargo es importante saber que es posible reclamar la correspondiente compensación por los perjuicios sufridos. Por citar tan sólo un ejemplo, la Ley Mercante Marítima o Ley Jones, aprobada por el Congreso de los Estados Unidos en 1920, protege a marinos tanto de EE.UU. como extranjeros y permite reclamar indemnización por lesiones, siempre que el empleador no haya proporcionado un lugar seguro de trabajo. Incluso podrán reclamar aunque el accidente no haya surgido en la embarcación. La Ley Jones protege a los empleados marinos de negligencias del empleador, por mínima que sea.

Pero no sólo los marinos son protegidos por la Ley Marítima, también son conocidos los conflictos derivados de la relación comercial que existe entre los pasajeros de cruceros y las empresas que ofrecen este servicio. Se han reportado varios casos de abusos de índole sexual a bordo de cruceros o la eventual desaparición de personas en el mar, donde muchas veces se desconoce la Ley Marítima que rige en estos casos y como protege a las víctimas.

Por lo tanto, es importante saber que -por características propias- los reclamos relacionados con el Derecho Marítimo son complejos y necesitan del concurso de abogados especializados en ley marítima. Sólo correctamente asesorados se logrará hacer valer sus derechos y recibir la indemnización correspondiente.

Pasajeros y demandas tras los eventos en el crucero Carnival Triumph

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Se acumulan las querellas de indignados pasajeros contra Carnival Cruise Lines: en todas ellas se exige una compensación financiera por los daños mentales y físicos causados por cinco días de condiciones antihigiénicas a bordo. Aunque nadie resultó herido, el pasaje del Carnival Triumph hubo de soportar largas esperas para obtener comida, así como retretes rotos y falta de agua caliente durante casi una semana, lo que convirtió las esperadas vacaciones de ensueño en una auténtica pesadilla. Algunos de los horrorizados viajeros mencionan condiciones extremas, afirmando que las deyecciones habían inundado el piso, incluso en los camarotes.

La firma de abogados especializados en derecho marítimo de John Arthur Eaves, en Mississippi, ha sido la última en presentar una demanda contra Carnival y lo ha hecho en Galveston, Texas. Mientras tanto, otro despacho jurídico marítimo de Miami ha presentado una propuesta de demanda colectiva ante un tribunal federal de ese estado, en un intento de establecer un mayor nivel de responsabilidad para la compañía naviera. 

Desafortunadamente, las posibilidades de que los demandantes obtengan satisfacción legal y reparación por parte del sistema judicial son muy escasas. Según el Profesor de Derecho marítimo de la Universidad Nova Southeastern, Bob Jarvis, la probabilidad de ganar este tipo de juicios es “Cero, nada, nulo, inexistente, irreal, ni de broma… las leyes marítimas suelen favorecer al propietario del buque”.

Los problemas empezaron cuando se declaró un incendio en la sala de máquinas el 10 de febrero por la mañana. Aunque los sistemas de control automático extinguieron con rapidez las llamas, los daños causados inmovilizaron la propulsión del buque, obligándolo a utilizar la insuficiente reserva de energía para emergencias.

Seatrade Insider reportó que un barco con once técnicos y especialistas en servicios al cliente jamás llegó al Triumph, algo que Carnival Cruise Lines ha confirmado.

“Entre el estado de la mar y la velocidad a la que el Carnival Triumph era arrastrado hacia el norte, el barco, de menor tamaño, tuvo finalmente que volver a puerto por falta de combustible”, afirmó la portavoz de Carnival, Jennifer de la Cruz. “El objetivo era prestar apoyo al equipo a bordo del crucero; desafortunadamente, el grupo no pudo llegar hasta él”.

Con ayuda de remolcadores, el Triumph atracó finalmente en Mobile, Alabama, el día de San Valentín, para alivio de los 4229 miembros del pasaje.

La propuesta de demanda colectiva presentada por la oficina legal marítima Lipcon, Margulies, Alsina & Winkleman, de Miami, alega negligencia por parte de Carnival Cruises Lines respecto a la idoneidad del buque para navegar. Según la querella, la compañía debía haber sabido que el barco tendría problemas de motor debido a dificultades anteriores con la propulsión, y sostiene que intentó ahorrarse dinero remolcando el buque hasta Alabama en lugar de un puerto mexicano más cercano, prolongando así la agonía y el trauma que soportaba el infortunado pasaje del crucero. En ella se afirma que “Carnival, de forma intencionada e imprudente, sometió a más de 3000 pasajeros a una vida de pesadilla durante cinco días para proteger su balance final”.

En su defensa, Carnival niega que la decisión de remolcar el Triumph hacia Alabama tuviera nada que ver con conveniencias ni con recortar gastos. Según la línea de cruceros afincada en Miami, el Triumph ya estaba siendo arrastrado hacia el norte, alejándose de México debido a fuertes corrientes, por lo que tenía sentido remolcarlo hasta Alabama.

Independientemente de las cualidades de las demandas y del genuino sufrimiento y trauma emocional padecido por los pobres pasajeros, el derecho marítimo favorece a las líneas de crucero de un modo abrumador. Como suele decirse, el mal se esconde en los pormenores: en este caso, en la letra pequeña de los tickets del crucero, que sirve como contrato legalmente vinculante. Las condiciones recogidas en el billete determinan quién puede presentar una demanda y dónde, lo que limita en gran medida la capacidad de los pasajeros afectados para lograr que se haga justicia en los tribunales.

"Si el buque se avería, los consumidores dependen de la buena voluntad de la línea de cruceros, que redacta unos términos y condiciones blindados para protegerse prácticamente ante cualquier evento negativo”, explica el notable abogado y bloguero en derecho marítimo de Miami Jim Walker.

Todos los billetes emitidos por Carnival Cruise Lines especifican que las posibles demandas contra la compañía deben presentarse en los tribunales federales de Florida del Sur, puesto que las oficinas principales de la compañía se encuentran en Miami. Ésto puede resultar problemático para muchos viajeros, que vienen de todo el país sólo para hacer el crucero.

Sin embargo, hay esperanzas. Muchos abogados especializados en ley marítima señalan que los demandantes pueden ganar mientras se demuestre que Carnival Cruise Lines actuó con negligencia respecto a la idoneidad del buque para navegar y que el daño mental fue tan grave como para requerir intervención médica.

"Creo que nos encontramos ante un buen caso por responsabilidad contra Carnival. En realidad, el tema se reduce a los daños”, apuntó el abogado marítimo Robert Peltz.

Mientras que puede resultar tremendamente difícil demostrar la negligencia, las adversidades sufridas por los pasajeros han sido confirmadas por los medios informativos de todo el mundo. Conforme a la demanda presentada por Matt y Melissa Crusan de Oklahoma, temieron por sus vidas y fueron testigos de cómo otros pasajeros sufrían insomnio, náuseas, dolores de cabeza y pesadillas. También afirman que la agonía y el trauma se prolongaron innecesariamente, al decidir Carnival que el barco sería remolcado hasta Alabama en lugar de México.

Aunque los billetes de Carnival incluyen una cláusula que prohíbe entablar demandas colectivas, los Crusan defienden que no es de aplicación debido a la negligencia de la compañía en cuanto al estado del Triumph.

De acuerdo con los abogados y expertos en leyes marítimas, son tres los prerrequisitos fundamentales que debe cumplir una demanda colectiva para considerarse válida:

  • ¿Es aplicable la renuncia a la demanda colectiva recogida en los billetes? Un juez debe evaluar las circunstancias y méritos del caso antes de determinar la validez de una cláusula de actuación colectiva. Aunque los tribunales han fallado históricamente a favor de las líneas de crucero, hay excepciones.
  • ¿Resulta apropiado el estatus de demanda colectiva, teniendo en cuenta los diversos grados de enfermedad, trauma y lesiones sufridos por las personas implicadas?
  • ¿Tenían los pasajeros motivos fundados para preocuparse por su bienestar físico y emocional? ¿Precisaron auxilio médico a consecuencia de su experiencia a bordo del buque?

Si las demandas cumplen estos criterios y no son desestimadas debido a las restricciones impresas en los billetes, Carnival podría muy bien optar por llegar a un acuerdo para poner punto final a la publicidad negativa.

"Según mi experiencia, las líneas de crucero se preocupan más de los problemas que perjudican su nombre, como ellos dicen”, explica Peltz. “Realmente, ésto podría afectar a sus resultados finales y su capacidad para atraer clientela”.

Al final, lo que pueden hacer los legalismos marítimos para contribuir a ganar la batalla de la opinión pública se reduce a éso; si un número considerable de consumidores dejaran de contratar sus cruceros debido a la falta de obligaciones y responsabilidad por parte de la compañía, la pérdida de ingresos podría salirle a Carnival Cruise mucho más cara que cualquier posible demanda.

Derecho marítimo: los cruceros y el socorro de navegantes en apuros

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Las historias sobre navegantes en peligro que obtienen una asistencia vital por parte de algún barco crucero son bastante habituales, especialmente en Florida del sur. El incidente sólo se considera extraordinario cuando el buque crucero deniega o deja de proporcionar su auxilio.  

Cuando, según consta, un barco de la Princess Cruise no prestó asistencia a tres navegantes panameños, muchas personas del sector de los cruceros y profesionales del derecho marítimo se sintieron conmocionados. Conforme a la Ley marítima y la tradición, los buques tienen la obligación legal y moral de socorrer a los navegantes en apuros.

Marineros tienen la obligación legal y moral de asistir a los navegantes en peligro.

"El deber de ayudar a quienes precisan auxilio en el mar se basa en la obligación moral de salvar vidas humanas," afirmó el abogado marítimo James Walker, de Miami sur. Mencionó también que la Organización Marítima Internacional (IMO), que regula el sector de la navegación, exige que los marineros presten asistencia a los navegantes en peligro. 

La IMO recoge explícitamente este requisito en su Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar: "El capitán de un barco que, estando en el mar en condiciones de prestar ayuda, reciba información, de la fuente que sea, que le indique que hay personas en peligro en el mar, está obligado a acudir a toda máquina en su auxilio”.

Para cumplir este mandato, los oficiales de los buques crucero pueden recibir formación esencial en el Centro STAR de Dania Beach. El programa incluye información sobre cómo prestar auxilio a barcos en situación de peligro, cómo establecer y mantener una comunicación eficaz, cómo manejar las emergencias en navíos y cómo mejorar la cohesión del equipo y la tripulación.

La tripulación de cada barco debería tener un protocolo establecido para ayudar a navegantes en dificultades

Como procedimiento operativo estándar, todo buque debería tener un reglamento de órdenes fijas, un protocolo establecido para actuar con los navegantes en apuros. Los oficiales encargados de las guardias en el barco deberían estar bien entrenados en el reconocimiento de señales de socorro en el mar, como bengalas, movimientos de brazos o mensajes urgentes de radio.

El manual del Código internacional de señales contiene todas las señales de socorro reconocidas y debe estar disponible en el puente de todo navío activo. Si el oficial de guardia localiza un buque en peligro, es su responsabilidad informar al capitán. A continuación, deben tomarse las medidas necesarias para ofrecer auxilio al barco que está en apuros, así como a su tripulación y pasaje.

Todavía está por aclarar la cuestión de por qué no socorrió a los pescadores panameños el capitán del Princess Cruise. Después de todo, los oficiales de cubierta del crucero habían recibido la formación requerida sobre puente de mando, respuestas de emergencia y asistencia a otros buques, en el Centro de Simuladores para la Formación Marítima de los Países Bajos. 

Tres pasajeros americanos del Princess declararon que el capitán del buque no hizo nada para ayudar a los pescadores después de que un miembro de la tripulación fuese informado de cuál era su situación. Dos de los pescadores murieron a consecuencia de ésto, y sólo hubo un superviviente, que fue rescatado tras 28 días en el mar. Se pudo ver a los tres hombres agitando desesperadamente los brazos para pedir ayuda durante el trayecto del buque crucero entre Ecuador y Costa Rica, el 10 de marzo.

El Princess, propiedad de la compañía Carnival Corp., con sede en Miami, emitió un comunicado oficial en el que afirmaba “lamentar profundamente la trágica pérdida de vidas”. La empresa llevó a cabo su propia revisión interna, concluyendo que podría ser un “desafortunado caso de errores en la comunicación”, puesto que el capitán del navío no recibió notificación alguna sobre las señales de socorro de los pescadores. Esto contradice los reportes de los pasajeros sobre el incidente, en los que se afirma que la tripulación no actuó pese a conocer la situación de peligro en que se hallaban los pescadores.

Puesto que el barco está matriculado en las Bermudas, investigar el incidente es responsabilidad de las autoridades bermudeñas. Está por ver si los resultados de tal investigación se harán o no públicos.

Esta denegación de auxilio resulta especialmente sorprendente porque otros buques crucero Princess han prestado asistencia en más de 30 rescates en el mar durante los últimos diez años. "El sector de los cruceros tiene, en general, una reputación increíblemente buena en lo que a socorro marítimo se refiere”, declaró Brad Schoenwald, oficial del Centro Nacional de Expertos en barcos crucero de la Guardia Costera estadounidense, en Fort Lauderdale.

Conforme a la legislación bermudeña, las posibles sanciones en este incidente incluyen prisión para el capitán del navío y la imposición de una multa para él y su empleador. También es muy probable que las familias de los pescadores entablen un proceso civil contra la compañía de cruceros y el capitán en los EE. UU. o en Panamá.