Los Derechos de los Pasajeros de Barcos de Cruceros
Como pasajero de un barco de cruceros, usted tiene derechos que las compañías de cruceros quieren que usted conozca. Usted también tiene derechos que las compañías de cruceros no quieren que usted conozca.
Estos son los derechos que las compañías de cruceros no quieren que usted conozca:
- Usted tiene el derecho a que la compañía de cruceros le pague una indemnización monetaria por cualquier accidente, lesión, asalto, desaparición, ahogamiento o casi ahogamiento que ocurra en el barco. Esto incluye:
A. Resbalones y caídas durante el crucero.
B. Violaciones o asaltos sexuales durante el crucero.
C. Ahogamientos o casi ahogamientos durante el crucero.
D. Desapariciones durante el crucero.
E. Cualquier condición peligrosa que lo lesione o lastime a usted o a su familia durante el crucero. - Usted también tiene derecho a recibir una indemnización monetaria por cualquier accidente, lesión, asalto, desaparición, ahogamiento o casi ahogamiento que ocurra durante las excursiones en los puertos.

Estos son los derechos que las compañías de cruceros quieren que usted conozca:
- El derecho a desembarcar un barco de cruceros que este anclado en un puerto si las necesidades básicas tales como comida, sanitarios y cuidado médico, no pueden ser provistas a bordo. Por supuesto, esto está sujeto a las regulaciones pertinentes de seguridad, de aduana, y de migración del puerto en particular.
- El derecho a recibir un reembolso completo del costo de un crucero que se cancela por desperfectos mecánicos. También el derecho a recibir un reembolso parcial del costo de un crucero que termina antes de tiempo por desperfectos mecánicos.
- El derecho a tener disponible, en cada barco de cruceros que navega en altamar, atención médica profesional de emergencia hasta que el barco llegue a tierra. Esto no se le aplica a los barcos de cruceros que operan todo el tiempo en la costa o en los ríos.
- El derecho a recibir prontamente información sobre cambios en el itinerario del barco causados por desperfectos mecánicos o emergencias. También el derecho a ser prontamente informado sobre los esfuerzos que se están haciendo para resolver los problemas mecánicos y manejar las emergencias.
- El derecho a navegar con una tripulación debidamente entrenada para manejar emergencias y evacuaciones.
- El derecho a tener en el barco un generador de electricidad de emergencias en caso que el generador principal falle.
- El derecho a ser llevado al puerto donde el barco debería haber terminado el crucero o a la ciudad donde usted reside si el crucero termina prematuramente por desperfectos mecánicos.
- El derecho a que le paguen un hotel (albergue) si es desembarcado en un puerto que no estaba en el itinerario cuando el crucero termina prematuramente por problemas mecánicos.
- El derecho a tener en la página de internet de cada línea de cruceros, un número de teléfono donde puede llamar sin cargos para obtener información respecto a cualquier aspecto de las operaciones a bordo.
- El derecho a tener estos derechos publicados en las páginas de internet de cada compañía de cruceros.

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